* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir
hasta la suma de $ 1.500.000 en la adquisición de vehículos
automotores para ser destinados exclusivamente al servicio
de los juzgados de instrucción en turno de los tribunales de
la Capital y del Centro Judicial de Concepción y para ins-
pección de juzgados de paz.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a nueve días del mes de mayo del año mil nove-
cientos sesenta y uno.