• Detalle de Ley

    Ley N°: 3090
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 05/10/1961
    Promulgada: 18/10/1961
    Publicada: 10/11/1961
    Boletin Of. N°: 15153

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese  a  su excelencia el señor Gober-
    nador ciento veinte  días  de  licencia, para ausentarse del
    territorio de la  provincia  cuando  lo estime oportuno, por
    motivos de interés público o de cualquier otro orden.
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a cinco días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y
    uno.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LICENCIA AL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA PARA
    AUSENTARSE DEL TERRITORIO DE LA PROVINCIA CUANDO LO ESTIME
    OPORTUNO, POR MOTIVOS DE INTERÉS PÚBLICO O DE CUALQUIER OTRO
    ORDEN.

  • Observaciones