• Detalle de Ley

    Ley N°: 311
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 30/03/1870
    Promulgada: 31/03/1870
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Sala  de  Representantes  de la Provincia sanciona con
    fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Ábrese  un crédito suplementario  al inciso
    2º, artículo  8º, del presupuesto, por la  cantidad de  cua-
    trocientos treinta y dos pesos,  para el pago en el presente
    año del sueldo de un cabo 1º y dos 2º,de la banda de música,
    a razón de 12 ps. mensuales.
    
       Art. 2º.- Comuníquese al P.E.
    
       Tucumán, Marzo 30 de 1870.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE UN CREDITO SUPLEMENTARIO AL PRESUPUESTO PARA PAGO DE SUELDOS DE PERSONAL DE LA BANDA DE MUSICA.-

  • Observaciones

    COMPILACIÓN DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 4- PÁG.138.-