* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Ábrese un crédito suplementario al inciso
2º, artículo 8º, del presupuesto, por la cantidad de cua-
trocientos treinta y dos pesos, para el pago en el presente
año del sueldo de un cabo 1º y dos 2º,de la banda de música,
a razón de 12 ps. mensuales.
Art. 2º.- Comuníquese al P.E.
Tucumán, Marzo 30 de 1870.-