• Detalle de Ley

    Ley N°: 3127
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 08/11/1963
    Promulgada: 16/11/1963
    Publicada: 25/11/1963
    Boletin Of. N°: 15652

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia  de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese al S. E. el señor Gobernador cua-
    renta y cinco  días de licencias, para ausentarse del terri-
    torio de la  Provincia cuando lo estime oportuno, por motivo
    de interés público o de cualquier otro orden.
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de Tucumán, a  ocho  días  del mes de Noviembre de mil nove-
    cientos sesenta y tres.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE LICENCIA AL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA PARA
    AUSENTARSE DEL TERRITORIO DE LA PROVINCIA CUANDO LO ESTIME
    OPORTUNO, POR MOTIVO DE INTERÉS PÚBLICO O DE CUALQUIER OTRO
    ORDEN.

  • Observaciones