• Detalle de Ley

    Ley N°: 3155
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 11/06/1964
    Promulgada: 23/06/1964
    Publicada: 07/07/1964
    Boletin Of. N°: 15803

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara  de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Increméntanse  con retroactividad al  1º de
    abril del corriente año, los sueldos del personal de la  ad-
    ministración pública provincial dependiente del Poder Ejecu-
    tivo, en la forma que se indica a continuación:
    
       Hasta sueldos de $ 10.000 m/n       $ 2.500 m/n.mensuales
       Desde sueldos de $ 10.001  "
       hasta $ 20.000 m/n.                 $ 2.000  "      "
       Desde sueldos de $ 20.001  "
       hasta $ 21.000 m/n.                 $ 1.000  "      "
        
       Art.2º.-  Fíjase  asimismo, a  partir  del 1º de abril de
    1964, el salario familiar  del citado  personal y del depen-
    diente de los Poderes Legislativo  y Judicial, en la suma de
    $ 500 m/n.  mensuales por  cada  hijo,  hasta la edad  de 18
    años.
    
       Art.3º.- Exceptúase de  las  precedentes disposiciones al
    siguiente  personal:  obreros gráficos,  Casino  provincial,
    Banco de la  Provincia,  Caja Popular de Ahorros e Instituto
    de Previsión Social de la Provincia.
    
       Art.4º.- Declárase comprendido al personal del magisterio
    provincial en los beneficios del salario familiar estableci-
    do por el artículo 2º.
    
       Art.5º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a reforzar de ren-
    tas generales las partidas respectivas del presupuesto gene-
    ral para 1964, en las sumas que  resulten necesarias para a-
    tender  los nuevos  sueldos, salario  familiar, sueldo anual
    complementario  y aporte  patronal, emergentes de los incre-
    mentos  dispuestos por  los artículos 1º y 2º de la presente
    ley.
    
       Art.6º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de  sesiones de la  Honorable Legislatura
    de Tucumán, a once días del mes de junio de  mil novecientos
    sesenta y cuatro.

  • Relaciones

    Modificada por Ley 3156
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    INCREMENTA SUELDOS Y SALARIO FAMILIAR DE LA ADMINISTRACIÓN
    PÚBLICA PROVINCIAL.

  • Observaciones