• Detalle de Ley

    Ley N°: 3194
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 17/11/1964
    Promulgada: 27/11/1964
    Publicada: 29/12/1964
    Boletin Of. N°: 15922

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Increméntanse,  con  retroactividad al 1 de
    julio del corriente año, los sueldos del personal dependien-
    te de la Cámara Gremial de Productores de Azúcar, de acuerdo
    a la escala establecida en el artículo 1º de la ley nº 3.115
    de fecha 11 de julio de 1964.
    
       Art.2º.- Fíjase asimismo, a partir del 1 de Julio de 1964
    el salario familiar  del citado personal en la suma de $ 500
    mensuales por cada hijo hasta la edad de 18 años.
    
       Art.3º.- Amplíanse con fondos propios de la referida ins-
    titución, en la suma total de $ 615.700 las siguientes  par-
    tidas del presupuesto para el año 1964 de la Cámara  Gremial
    de Productores de Azúcar, en los importes que en  cada  caso
    se especifica:
    Item 8- Inciso I-   Gastos en personal-  Anexo V
    Partida principal    2 Administrativo y técnico
                           profesional                $  373.000
       "       "         2 Personal obrero y          "   45.000
                           maestranza
       "       "         2 Personal de servi-
                           cio                        "   60.000
       "       "         4 Sueldo anual complemen-
                           tario                      "   40.000
       "       "         4 Salario familiar           "   30.000
       "       "         5 Aporte patronal            "   67.700
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dado en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de Tucumán, a diecisiete días  del  mes de noviembre del año
    mil novecientos sesenta y cuatro.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    INCREMENTA RETROACTIVAMENTE REMUNERACIONES Y SALARIO
    FAMILIAR DEL PERSONAL DEPENDIENTE DE LA CAMARA GREMIAL DE
    PRODUCTORES DE AZUCAR.

  • Observaciones