* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la suma de $ 1.600.000 moneda
nacional, la partida principal 1 - Gastos generales, inciso
2º. Otros gastos e inversiones de funcionamiento, anexo IV,
ítem 22 - Instituto de El Buen Pastor, sección I, primera
parte, de la ley de presupuesto general vigente para el año
en curso.
Art.2º.- Créanse en el Instituto de El Buen Pastor,
dependiente del Ministerio de Gobierno, Justicia e Ins-
trucción Pública, tres cargos de maestras especiales
diferenciales (2 de corte y confección y 1 de bordado).
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente ley se atenderá con fondos de Rentas Generales con
imputación a la misma, incrementándose, a los fines del
artículo 2º, en las sumas necesarias las partidas 2 -
Sueldos, 4 - Bonificaciones y suplementos y 5 - Aporte
patronal, y sus respectivas partidas parciales, del ítem 22
- Instituto de El Buen Pastor, anexo IV - Ministerio de
Gobierno, del presupuesto general para 1964.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a veintinueve días del mes de diciembre del año
mil novecientos sesenta y cuatro.-