• Detalle de Ley

    Ley N°: 3247
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 16/06/1965
    Promulgada: 23/06/1965
    Publicada: 30/06/1965
    Boletin Of. N°: 16045

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia  de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Concédese  a  S. E. el señor gobernador no-
    venta días de  licencia,  con anterioridad al vencimiento de
    la última otorgada para ausentarse del territorio de la pro-
    vincia cuando lo  estime  oportuno,  por  motivos de interés
    público.
    
       Art.2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a dieciséis días del mes de junio de mil novecientos sesenta
    y cinco.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    CONCEDE A S.E. EL SEÑOR GOBERNADOR NOVENTA DÍAS DE LICENCIA,
    CON ANTERIORIDAD AL VENCIMIENTO DE LA ÚLTIMA OTORGADA PARA
    AUSENTARSE DEL TERRITORIO DE LA PROVINCIA CUANDO LO ESTIME
    OPORTUNO, POR MOTIVOS DE INTERÉS PÚBLICO.

  • Observaciones