* CADUCA *
La Sala de Representantes de la Provincia sanciona con
fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- La Municipalidad de Monteros se compondrá
de cinco miembros propietarios y tres suplentes.
Art. 2º.- Sancionada que sea esta ley, dicha Municipali-
dad convocará a la elección de los miembros que falten para
llenar el número designado.
Art.3º.- Comuníquese, etc.
Tucumán, Marzo 31 de 1871.-