* CADUCA *
La Sala de Representantes sanciona con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Se destina del Tesoro público de la Provin-
cia, la cantidad de un mil doscientos pesos fuertes (1.200
ftes.) para el socorro de los enfermos de la epidemia rei-
nante en la ciudad de Buenos Aires.
Art. 2º.- Comuníquese al P.E.
Tucumán, Abril 15 de 1871.-