* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la
suma necesaria en la creación de un puesto sanitario en la
localidad de Manchalá, departamento de Famaillá.
Art.2º.- Facúltase asimismo al Poder Ejecutivo a ampliar
las partidas correspondientes del presupuesto general para
cubrir los sueldos del personal que fuere necesario para el
funcionamiento del puesto sanitario que se crea por el artí-
culo anterior, y que estará equiparado a los de igual cate-
goría existentes.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a cinco días del mes de julio
del año mil novecientos sesenta y cinco.-