* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo realizará, por interme-
dio de los organismos técnicos que correspondan, los estu-
dios necesarios para determinar las obras y trabajos que de-
ban efectuarse para evitar las inundaciones en la localidad
de Río Colorado, departamento de Famaillá.
Art.2º.- En el mismo estudio se determinarán también las
obras y trabajos que deban efectuarse para dar solución a
los daños causados por las últimas inundaciones en esa loca-
lidad.
Art.3º.- Terminados los estudios y determinado el cálculo
de gastos de su inversión, se procederá de inmediato y con
carácter urgente a realizar las obras.
Art.4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a treinta días del mes de julio de mil novecien-
tos sesenta y cinco.-