* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíese en la suma de $ 3.434.625- la
partida principal 1, parcial 9, inciso 7º, anexo X
(Obligaciones a cargo del Tesoro) del presupuesto general
vigente.
Art.2º.- Amplíese igualmente, en la cantidad de $--------
3.434.625.sección II, parte 1a., anexo IV, ítem 3 - Consejo
Provincial de Difusión Cultural, cálculo de recursos - I-
(en efectivo) b) Otros, 1-a) Aporte del Estado, para el
funcionamiento de los organismos descentralizados, del
presupuesto general para 1964.
Art.3º.- Amplíese asimismo, con fondos de la partida que
se refuerza por el artículo anterior, en la suma de
$3.434.625- la partida principal 10 - Ejercicios Vencidos,
inciso 2º Otros gastos e inversiones, sección II, parte 1a.,
anexo IV, ítem 3. Consejo Provincial de Difusión Cultural,
del presupuesto general en vigor.
Art.4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la
presente ley se atenderá de Rentas Generales con imputación
a la misma.
Art.5.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a veintitrés días del mes de
julio del año mil novecientos sesenta y cinco.-