* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Establécese que el aumento asignado por el
artículo 1º de las leyes 3.246 y 3.253 alcanza hasta los
sueldos básicos de $ 25.500.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se atenderá de Rentas Generales y/o con recursos
propios, según corresponda, y con imputación a la misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a veintiséis días del mes de agosto de mil
novecientos sesenta y cinco.