* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Agrégase, con anterioridad al 1º de enero
de 1965, como partida nueva al final del rubro Subvenciones
y Subsidio del presupuesto general vigente, la siguiente: "A
la Casa Escuela de los Pobres $ 30.000 $ 360.000".
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
a veintiséis días del mes de agosto de mil novecientos se-
senta y cinco.