* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Concédese a S.E. el señor Gobernador 90
días de licencia, con anterioridad al vencimiento de la
última otorgada, para ausentarse del territorio de la Pro-
vincia cuando lo estime oportuno, por motivos de interés
público.
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a cuatro días del mes de noviembre de mil nove-
cientos sesenta y cinco.-