* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Acuérdase un subsidio de $ 5.000.000 a la
Asociación Pro Vivienda de afiliados del Sindicato de Traba-
jadores del Ingenio Bella Vista, como contribución para su
programa de construcción de 100 viviendas.
Art.2º.- El subsidio que se acuerda por el artículo 1º se
hará efectivo siempre y cuando la Asociación pro Vivienda de
afiliados del Sindicato de Trabajadores del Ingenio Bella
Vista asegure en sus estatutos que podrán ser adjudicatarios
de las viviendas exclusivamente los empleados, obreros de
fábrica y surco y jubilados del Ingenio Bella Vista, que no
posean vivienda propia y que constituyan núcleo familiar.
Asimismo, la vivienda no podrá ser transferida hasta la can-
celación total del préstamo. Si en el término de noventa
días de promulgada la presente ley no se adecuaran los esta-
tutos de la entidad beneficiaria a lo establecido prece-
dentemente, quedará sin efecto lo dispuesto por el artículo
anterior.
Art.3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.4.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a veinticinco días del mes de noviembre de mil
novecientos sesenta y cinco.-