* CADUCA *
Al Exmo.Sr. Gobernador y Capitán General de la Provincia.
La H.S. de Representantes en sesión del 27 del presente ha
sancionado con valor y fuerza de ley lo siguiente:
Artículo 1º.- Se autoriza al Exmo. Sr. Gobernador y
Capitán General de la Provincia, para que pueda disponer de
los fondos públicos la cantidad de mil pesos para los gastos
que demande su visita a la campaña, con la calidad de dar
cuenta del uso que hubiere hecho de esta autorización.
Art. 2º.- Comuníquese.
Tucumán, Marzo 28 de 1854.-