* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sanciona con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la
suma necesaria en la perforación de un pozo surgente en una
fracción de terreno sobrante del que actualmente ocupa el
dispensario de Villa Lastenia y la instalación de cañería
para la provisión de agua corriente a dicha localidad y a
las de El Mirador, Los Vallistos y La Rivera, departamento
de Cruz Alta.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se atenderá de Rentas Generales con imputación a
la misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a un día del mes de marzo del
año mil novecientos sesenta y seis.-