* CADUCA * San Miguel de Tucumán, mayo 10 de 1967. Visto que el Superior Gobierno de la Nación, mediante de- creto Nº 2397, de fecha 10 de abril de 1967 faculta a la Provincia de Tucumán para sancionar y promulgar la Ley de Presupuesto General de Gastos y Cálculos de recursos que ha de regir para el ejercicio de 1967. Por tanto y en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE L E Y : Artículo 1º.- Fíjase el Presupuesto General de Gastos de la Administración Provincial, para el año 1967, en la suma de Diez y Siete Mil Ciento Ochenta y Nueve Millones Tres- cientos Setenta y Siete Mil Setecientos Sesenta y Un pesos Moneda Nacional de acuerdo con las cifras que se indican a continuación y detalle que figura en planillas anexas: SECCION I - PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL I T E M Gastos en Otros Gastos TOTAL Personal PRIMERA PARTE- Presupuesto de Gas- tos e Inversiones de Funcionamiento I- Administración de la Legislatura 67.331.000 10.922.000 78.253.000 II - Poder Judicial 535.416.000 20.190.000 555.606.000 III - Gobernación 62.591.200 38.232.500 100.823.700 IV - Ministerio de Gobierno, Justicia e Instrucción 3.366.384.836 262.970.274 3.629.355.110 Pública V- Ministerio de Economía 600.500.800 240.783.100 841.283.900 VI- Ministerio de Salud Pública 1.315.252.600 327.400.000 1.642.652.000 VII- Tribunal de Cuentas 20.000.000 10.000.000 30.000.000 VIII- Deuda Pública 2.683.886.661 2.683.886.661 IX- Crédito de Emergencia 200.000.000 200.000.000 X- Obligaciones a Cargo del Tesoro 2.532.826.448 2.532.826.448 5.967.476.436 6.327.210.983 12.294.687.419 SEGUNDA PARTE- Plan de Trabajos Públicos 1.379.920.726 1.379.920.726 T O T A L 5.967.476.436 7.707.131.709 13.674.608.145 SECCION II - PRESUPUESTO DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS I T E M S Gastos en Otros Gastos TOTAL Personal PRIMERA PARTE_ Presupuesto de Gastos e Inver- siones de Fun- cionamiento 1- Dirección Pro- vincial de Turismo 35.600.000 56.166.000 91.766.000 2- Inspección Gral. de Comunas Rurales 17.849.400 4.240.000 22.089.400 3- Consejo Prov. de Difusión Cultural 50.249.400 24.100.000 74.349.400 4- Dirección Prov. de Aeronáutica 21.897.200 21.400.000 43.297.200 5- Banco de la Pcia. 542.051.450 161.000.000 703.051.450 6- Caja Popular de Ahorros 326.413.700 130.753.000 457.166.700 7- Instituto de Prev. Social de la Provincia 66.682.000 20.843.858 87.525.858 8- Cámara Gremial de Produc. de Azúcar 19.489.600 6.268.000 25.757.000 9- Dirección Provin- cial de Vialidad 127.004.708 255.300.000 382.304.708 10- Estación Expe- rimental Agrícola 50.763.272 48.297.628 99.060.900 11- Casino de Tuc. 141.386.400 109.000.000 250.386.400 1.399.387.130 837.368.486 2.236.755.616 SEGUNDA PARTE- PLAN DE TRABABAJOS PU- BLICOS 1.278.014.000 1.278.014.000 T O T A L 1.399.387.130 2.115.382.486 3.514.769.616 R E S U M E N TOTAL SECCION I 5.967.476.436 7.707.131.709 13.674.608.145 TOTAL SECCION II 1.399.387.130 2.115.382.486 3.514.769.616 TOTAL DEL PRESU- PUESTO DE GASTOS 7.366.863.566 9.822.514.195 17.189.377.761 Art.2º.- El presupuesto de gastos a que se refiere el ar- tículo anterior será cubierto por los siguientes recursos: SECCION I - Presupuesto de la Administración Central 10.675.694.204 PRIMERA PARTE - Presupuesto de Gastos e In- versiones de funcionamiento 9.295.973.478 I - En efectivo 9.295.973.478 a) De origen provincial 3.056.173.478 1 Impuesto de Sellos 500.000.000 2 Impuesto de S. Pública 670.000.000 3 Impuesto a las activi- dades Lucrativas 525.000.000 4 Impuesto Inmobiliario 660.000.000 5 Impuesto con afecta- ción especial 8.000.000 6 Impuesto a los auto- motores y rodados 100.000.000 7 Imp. a los juegos de azar autorizados 250.000.000 8 Impuestos Policiales 100.000.000 9 Impuesto a la Transmición Gratuita de bienes 50.000.000 10 Impuesto de Irrigación 40.000.000 11 Eventuales Generales y Recursos Varios 50.000.000 12 Gravámen por Inspec. del Transp. Automotor 3.000.000 13 Utilidad Casino de Tuc. 100.000.000 14 Reintegro Interés por préstamo 173.478 a) Direc.Prov.de Vialidad Ley 2023 $ 85.263.85 b) Instituto de Prev.Social Ley 2023 $ 88.214.15 b) De origen nacional 6.239.800.000 1 Participación por Ley Nac. de Imp. Interno Unificado 1.405.000.000 2 Participación por Ley Nac. Impuestos Adicional por aceites lubricantes 87.600.000 3 Participación por Ley Nac.de Imp.Adicional a los Automotores 79.000.000 4 Participacion por Ley Nac.de Impuesto a los réditos 2.161.500.000 5 Participación por Ley Nac.de Impuesto de E- mergencia 244.200.000 6 Participación por Ley Nac.de Imp.a las ganan- cias eventuales 99.500.000 7 Participación Nacional de Imp.a los beneficios extraordinarios 300.000 8 Participación por Ley Nacional sobre revalua- ción de activos 700.000 9 Participación por ley Nacio- nal de Impuesto al incre- mento patrimonial no justificado 600.000 10 Participación por ley Nacional de Impuesto a la produc- ción agropecuaria y ce- reales 17.700.000 11 Participación por ley Na- cional de Impuesto a la venta 1.890.200.000 12 Participación por Na- cional de Impuesto a la venta del valor mo- biliario 1.300.000 13 Participación por Ley Nacional de Impuesto sustitutivo del gravá- men de la transmisión gratuita de bienes 252.200.000 SEGUNDA PARTE - Plan de Trabajos Públicos 1.379.920.726 I - En efectivo 1.292.920.726 1 Aporte de la 1ra.Parte- (Anexo X-Inc.12) 1.130.220.726 2 Reintegro por ventas de viviendas 12.700.000 3 Por venta de 30.000.000 Kw/h a $ 5.00 el Kw/h 150.000.000 II- Del Crédito 87.000.000 1 Convenio Electrificación Rural 75.000.000 2 Financiación Dique El Cadillal 12.000.000 SECCION II - Presupuesto de los Organismos Descen- tralizados 3.514.769.616 PRIMERA PARTE - Presupuesto de Gastos e Inversiones de Funcionamiento 2.236.755.616 I - En efectivo 2.236.755.616 a) Propios 1.998.479.894 1 Dirección Provincial de Turismo 91.766.000 2 Inspección General de Comu- nas Rurales 22.089.400 3 Consejos Provincial de Di- fusión Cultural 18.500.000 4 Dirección Provincial de Ae- ronáutica 24.500.000 5 Banco de la Provincia 703.051.450 6 Caja Popular de Ahorros 457.166.700 7 Instituto de Previsión So- cial de la Provincia 87.525.858 8 Cámara Gremial de Produc- tores de Azúcar 25.757.600 9 Dirección Provincial de Vialidad 218.675.586 10 Estación Experimental A- grícola 99.060.900 11 Casino de Tucumán 250.386.400 b) Otros 238.275.722 a) Aporte del Estado para el Consejo Provincial de Difusión Cultural 55.849.400 b) Aporte del Estado para la Dirección Provincial de Aeronáutica 18.797.200 c) Aporte del Estado para la Dirección Provincial de Vialidad 163.629.122 SEGUNDA PARTE - Plan de Trabajos Públicos 1.278.014.000 I - En efectivo 1.278.014.000 Caja Popular de Ahorros a) Propios 1 Aportes Sección II,Pri- mera Parte (Partida Principal 14) 10.000.000 Estación Experimental Agrícola a) Propios 1 (Aporte Sección II,Primera Parte) (Partida Principal 14) 2.700.000 Banco de la Provincia a) Propios 1 Aporte Sección II, Primera Parte (Partida Principal 14) 30.000.000 Dirección Provincial de Turismo a) Propios 1 Recursos ordinarios 150.314.000 Dirección Provincial de Vialidad a) Propios 1 Aporte Sección II, Pri- mera Parte (Partida Principal 14) 130.000.000 2 Aporte Nacional Fondo Ley 505/58 275.000.000 3 Aporte Nacional Fondo Ley 15273/15274 60.000.000 b) Otros 1 Aporte Sección I, Pri- mera Parte (Anexo X Inci- so 12) 620.000.000 TOTAL DE RECURSOS 14.190.663.820 Economía de Gastos, Ar- tículo 4, 5 y 6 de la presente Ley 105.187.638 Déficit de la Sección I, de la Primera Parte 2.893.526.303 T O T A L 17.189.377.761 Art.3º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para refundir, su- primir crear o redistribuir departamentos, divisiones, sec- ciones y oficinas, de la Administración Central y Organismos Descentralizados por razones de Economía o racionalización administrativa quedando asimismo autorizado a compensar las partidas correspondientes a Ítem de distintos Anexos o dis- tintos Anexos entre sí, siempre que de las compensaciones autorizadas no surja un aumento del monto de los gastos pre- supuestados en el artículo 1º, de la presente Ley. La facultad que se otorga al Poder Ejecutivo por esta vez será adoptada mediante Decreto Acuerdo, con comunicación a la Secretaría de Gobierno del Ministerio del Interior y ten- drá una duración de 120 días corridos a contar de la promul- gación de la presente Ley. Art.4º.- Las distintas Reparticiones de la Administración Central y Descentralizada aplicará un 10% de economía sobre las siguientes Partidas Principales: Partida Principal 1 - Gastos Generales Partida Principal 2 - Gastos Especiales Partida Principal 7 - Inversiones Art.5º.- Aplícase igual economía que en el artículo ante- rior a las Partidas Parciales 2 Beneficencia y 3 Diversos del Inciso 8º - Subsidios y Subvenciones, correspondientes la misma alícuota a cada uno de los apartados que la compo- nen. Art.6º.- La economía que surja del artículo 4º, en los Organismos Descentralizados les implica una igual disminu- ción en el aporte que le fija el Inciso 7º, del Presupuesto de la Administración Central. Art.7º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decre- tos.-
FIJA EL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS
DE LA ADMINISTRACION PARA EL AÑO 1967.