• Detalle de Ley

    Ley N°: 3480
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 04/08/1967
    Promulgada: 04/08/1967
    Publicada: 30/08/1967
    Boletin Of. N°: 16580

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       Visto la autorización  otorgada por el Poder Ejecutivo de
    la Nación mediante  decreto Nº 4854, de fecha 10 de julio de
    1967, y en  ejercicio  de las facultades legislativas que le
    confiere el Art. 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
    
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN  
                 SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Los  valores  básicos  de  la  tierra rural
    resultarán de capitalizar  al 6% (SEIS POR CIENTO), la renta
    potencial media de sus cultivos significativos.
    
       Art.2º.- Derógase toda  otra  disposición  en  cuanto  se
    oponga la de la presente ley.
    
       Art.3º.- Comuníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial,
    cúmplase y archívese  en  el  Registro  Oficial  de  Leyes y
    Decretos.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE VALORES BASICOS DE LA TIERRA RURAL

  • Observaciones