• Detalle de Ley

    Ley N°: 3539
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 07/11/1968
    Promulgada: 07/11/1968
    Publicada: 12/11/1968
    Boletin Of. N°: 16887

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
     Vista la autorización conferida por el Superior Gobierno de
    la Nación mediante Decreto Nº 6341, de fecha 3 de octubre de
    1968, por lo  cual  se faculta al Gobierno de la Provincia a
    dictar una ley modificando el artículo 29, apartado b) de la
    ley Nº 3.248  de Presupuesto General de 1965, que rigió para
    1967, reconociendo al  propio tiempo a los señores Magistra-
    dos del Poder  Judicial  el  derecho a percibir el beneficio
    del escalafón (que  les corresponde a partir de setiembre de
    1964) y que  les fuera suprimido por aplicación del artículo
    31 de la  Ley  de  Presupuesto  de dicho año, y artículo 29,
    inc. b) de la Ley de Presupuesto de 1965 vigente para 1.967.
       Por tanto, y  en ejercicio de las facultades legislativas
    que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución
    Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  art.  29, apartado b) de la
    Ley Nº 3.248  de Presupuesto General de 1965, que se encuen-
    tra vigente para 1967, cuyo texto reformado quedará redacta-
    do en los siguientes términos:
       "Art.29.- , apartado  b)  "No alcanza a Gobernadores, Mi-
    nistros, Secretarios de Estado, Secretario General de la Go-
    bernación, Agentes beneficiados por otros regímenes de esca-
    lafón y Legisladores."
    
       Art.2º.- Reconócese a  favor  de  los señores Magistrados
    del Poder Judicial,  el  derecho a percibir el beneficio del
    escalafón (que les corresponde a partir del mes de setiembre
    de 1964), y que les fuera suprimido por aplicación del art.
    31 de la Ley de Presupuesto de 1964, y art. 29, inciso b) de
    la Ley de Presupuesto 1965, vigente para 1967.
    
       Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, dése al  Boletín Oficial y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos Reglamentarios.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY N° 3248 DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO
    1965.

  • Observaciones