• Detalle de Ley

    Ley N°: 3575
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES
    Sancionada: 17/06/1969
    Promulgada: 17/06/1969
    Publicada: 23/06/1969
    Boletin Of. N°: 17025

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       Visto que la  Agremiación  Tucumana de Educadores Provin-
    ciales (ATEP), solicita  la autorización para la erección de
    un monumento a  la  memoria de don Domingo F. Sarmiento, ad-
    juntando a tales  efectos  el  plano descriptivo del lugar a
    erigir el monumento  de  referencia, como igualmente la con-
    formidad expresa de  la Municipalidad de San Miguel de Tucu-
    mán, por cuanto  la  misma  tiene ministrado los derechos de
    posesión del terreno destinado a tales fines, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que en la  ciudad  de San Miguel de Tucumán, no existe un
    monumento que perpetúe  la memoria de uno de los hombres ar-
    gentinos que de  diversas  formas mostró su preocupación por
    la enseñanza en bien del desarrollo de la educación pública;
       Que su acción abarcó tanto aspectos teóricos como prácti-
    cos a través de obras pedagógicas que expresan su pensamien-
    to y la  creación en su gestión de gobierno de numerosos es-
    tablecimientos educacionales.
       Por ello, en ejercicio de las facultades legislativas que
    confiere al P.E.  el  Art.  9º del Estatuto de la Revolución
    Argentina y la autorización otorgada mediante Decreto Nacio-
    nal nº 2.091 de fecha 2-5-1969,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Autorízase  a  la  "Agremiación Tucumana de
    Educadores Provinciales" a  erigir un monumento a la memoria
    de don Domingo F. Sarmiento, en el terreno fijado por la Mu-
    nicipalidad de San  Miguel de Tucumán, conforme al plano ad-
    junto a fs. 9.
    
       Art.2º.- Establécese, el  plazo  de un año a partir de la
    publicación de la presente Ley, para que la "Agremiación Tu-
    cumana de Educadores  Provinciales", concrete la erección de
    dicho monumento; vencido  el término establecido caducan los
    efectos de la presente Ley.
    
       Art.3º.- Téngase por  Ley  de la Provincia, publíquese en
    el Boletín Oficial y archívese en el Registro Oficial de Le-
    yes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORÍZASE A LA "AGREMIACIÓN TUCUMANA DE EDUCADORES
    PROVINCIALES" A ERIGIR UN MONUMENTO A LA MEMORIA DE DON
    DOMINGO F. SARMIENTO, EN EL TERRENO FIJADO POR LA
    MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, CONFORME AL PLANO
    ADJUNTO A FS. 9.

  • Observaciones