• Detalle de Ley

    Ley N°: 3583
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO - SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 15/07/1969
    Promulgada: 15/07/1969
    Publicada: 16/07/1969
    Boletin Of. N°: 17041

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO la autorización  concedida por el Superior Gobierno
    de la Nación, mediante Decreto Nº 3.474 de fecha 24 de junio
    del corriente año,  y  en uso de las facultades legislativas
    que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución
    Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Declárase acogido a los beneficios estable-
    cidos por la  ley nacional Nº 9.688 (Accidentes de Trabajo),
    sus modificatorias y  decretos  reglamentarios,  al personal
    perteneciente a la Administración Pública Provincial.
    
       Art.2º.- Autorízase a  las  Municipalidades  a dictar las
    Ordenanzas que dispongan  el  reconocimiento  del  beneficio
    prescripto por el artículo 1º, para el personal de su depen-
    dencia.
    
       Art.3º.- Las empresas particulares o mixtas que contraten
    la realización de  trabajos  u  obras públicas provinciales,
    deberán justificar al  iniciar los mismos que cuentan con la
    póliza de seguro o garantía que cubra los riesgos del perso-
    nal que ocupen  conforme con las disposiciones de la ley na-
    cional de accidentes de trabajo.
    
       Art.4º.- Los gastos  que  demande el cumplimiento de esta
    ley serán tomados de rentas generales, hasta tanto se inclu-
    ya en el  Presupuesto  General de Gastos y Cálculo de Recur-
    sos, la partida especial destinada a tal objeto.
    
       Art.5º.- Comuníquese, cúmplase,  publíquese en el Boletín
    Oficial y archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decre-
    tos.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    DECLARA ACOGIDOS A LA LEY NACIONAL 9688 DE ACCIDENTES DE
    TRABAJO AL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL.

  • Observaciones

    LA LEY 9688 HA SIDO DEROGADA POR LEY 24028, HOY DEROGADA POR
    LEY 24557