• Detalle de Ley

    Ley N°: 3609
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION - ECONOMICO
    Sancionada: 10/11/1969
    Promulgada: 10/11/1969
    Publicada: 19/11/1969
    Boletin Of. N°: 17128

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO la autorización  otorgada  por el Superior Gobierno
    de la Nación, mediante Decreto nº 7.091 de fecha 31 de octu-
    bre de 1969,  y en uso de las facultades legislativas que le
    confiere el Artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argen-
    tina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Fíjase en SETECIENTOS PESOS MONEDA NACIONAL
    ($700 m/n) el  valor  del  índice para los sueldos básicos y
    demás beneficios legales  para los docentes de la Provincia,
    encuadrados en la  Ley nº 3.470 - Estatuto del Docente- y de
    los establecimientos privados  adscriptos al CONSEJO DE EDU-
    CACION DE LA PROVINCIA.
    
       Art.2º.- Amplíase la Partida 1 - Gastos en Personal de la
    Administración Central-, en  la  suma de NOVENTA Y SIETE MI-
    LLONES CIENTO OCHO  MIL  PESOS  M/N  (97.108.000  m/n), y la
    Partida 9- Transferencias Corrientes-, en la suma de SETENTA
    Y CINCO MILLONES  DE  PESOS M/N ($ 75.000.000 m/n). Los pre-
    sentes gastos se  atenderán  con  el  superávit que tiene el
    Presupuesto de la Provincia ajustado.
    
       Art.3º.- El incremento  que  se fija para el personal do-
    cente de la  Provincia en el artículo 1º de la presente Ley,
    regirá a partir de la fecha de su promulgación.
    
       Art.4º.- Téngase por  Ley  de  la Provincia, comuníquese,
    publíquese en el  Boletín Oficial y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos Reglamentarios.
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FIJA EL VALOR DEL INDICE UNO PARA LA REMUNERACIÓN DOCENTE.

  • Observaciones