• Detalle de Ley

    Ley N°: 3611
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 19/11/1969
    Promulgada: 19/11/1969
    Publicada: 21/11/1969
    Boletin Of. N°: 17130

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO la autorización  conferida por el Superior Gobierno
    de la Nación,  mediante decreto Nº 7147 expedido con fecha 3
    de noviembre de  1969, y en uso de las facultades legislati-
    vas que le  confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revo-
    lución Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Amplíase el Capital del BANCO DE LA PROVIN-
    CIA DE TUCUMAN,  en la suma de SEISCIENTOS DOS MILLONES QUI-
    NIENTOS MIL PESOS MONEDA NACIONAL ($ 602.500.000,oo m/n.).
    
       Art.2º.- El Poder  Ejecutivo cumplirá lo dispuesto por el
    artículo anterior, mediante  la  transferencia de los fondos
    recibidos del "Comité Operación Tucumán", con destino a cré-
    ditos de: "Evolución  Industrial", por m$n 298.000.000,oo;
    para "Construcción de  Viviendas", por m$n 300.000.000,oo, y
    para "Construcción de  Hoteles", por m$n 4.500.000,oo, según
    resoluciones Nros. 10, 12 y 16 del citado Comité.
    
       Art.3º.- Los aportes  que  el Banco reciba de acuerdo con
    lo dispuesto en  la  presente  Ley, se destinarán al cumpli-
    miento de los fines específicos que en cada caso se determi-
    nan, cumplidos los  cuales,  y  previa  resolución del Poder
    Ejecutivo, se destinarán a la libre disponibilidad.
    
       Art.4º.- Comuníquese, cúmplase,  publíquese en el Boletín
    Oficial y archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decre-
    tos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AMPLIA EL CAPITAL DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
    MEDIANTE FONDOS RECIBIDOS DEL COMITE OPERATIVO DE TUCUMAN.

  • Observaciones