* CADUCA *
VISTO que el Poder Ejecutivo Nacional, mediante Ley nº
18.566, prorroga, hasta el 31 de Diciembre de 1970, los re-
gímenes de Coparticipación Federal en el producido de im-
puestos nacionales, instituidos por las leyes nros. 14.390 y
14.788, y sus disposiciones modificatorias y/o complementa-
rias, y
CONSIDERANDO:
Que la referida Ley es de aplicación en la Provincia.
Que, a efectos de asegurar la continuidad de los mencio-
nados regímenes de coparticipación, se estima necesario y
conveniente que este Estado se adhiera a la prórroga de re-
ferencia.
Por tanto, atento a la autorización conferida por el ar-
tículo 5º de la citada Ley Nacional Nº 18.566, y en ejerci-
cio de las facultades legislativas que confiere al Poder
Ejecutivo el art. 9º del Estatuto de la Revolución Argenti-
na, y en mérito a lo dictaminado por el señor Fiscal de Es-
tado de la Provincia,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia a la prórroga dis-
puesta por Ley Nacional Nº 18.566 -hasta el 31 de Diciembre
de 1970- de los regímenes de Coparticipación Federal en el
producido de impuestos nacionales, instituidos por las Leyes
nros. 14.390 y 14.788, y a las obligaciones de sus respecti-
vos artículos 9º, 6º y 8º, como así también a las disposi-
ciones modificatorias de dichas leyes.
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, re-
gístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese en el Registro Oficial de Leyes y Decretos.