• Detalle de Ley

    Ley N°: 3663
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TURISMO
    Sancionada: 22/09/1970
    Promulgada: 22/09/1970
    Publicada: 30/09/1970
    Boletin Of. N°: 17338

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO, la necesidad  de mantener la vigencia de la Ley Nº
    3.363, dictada en  defensa de nuestra riqueza forestal, para
    evitar que valiosas especies puedan extinguirse y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que el Decreto nº 2.091 en su artículo 1º apartado 6º au-
    toriza a los  Gobiernos Provinciales a prorrogar por un tér-
    mino no mayor  de  180 días, el plazo de vigencia de las le-
    yes, siempre que  sea por primera vez; haciendo uso en forma
    directa de la facultad legislativa conferida por el artículo
    9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Prorrógase  por 180 días el plazo que esta-
    blece el artículo  17, última parte de la Ley Nº 3.363, para
    promover los respectivos juicios de expropiación.
    
       Art.2º.- Téngase por  Ley de la Provincia, cúmplase, dése
    cuenta al Superior  Gobierno  de la Nación, comuníquese, pu-
    blíquese en el  Boletín  Oficial  y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos reglamentarios.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    JUICIOS DE EXPROPIACION DESTINADOS A PARQUES
    PROVINCIALES. PRORROGA EL PLAZO DE LA LEY 3363.

  • Observaciones