• Detalle de Ley

    Ley N°: 3679
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 22/01/1971
    Promulgada: 22/01/1971
    Publicada: 27/01/1971
    Boletin Of. N°: 17418

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO que ha  vencido  el término establecido para la vi-
    gencia de la  Ley  nº  3.654  de  fecha 12 de junio de 1970,
    siendo  necesario prorrogar la aplicación  de  la misma  por
    cuanto su finalidad  esencial tendía  a aliviar el afligente
    problema social derivado  de la desocupación de mano de obra
    existente en la  provincia que continúa latente, y en uso de
    las facultades legislativas  conferidas a los Gobiernos Pro-
    vinciales por el Decreto Nacional nº 2.091 (G) de fecha 2 de
    mayo de 1969, en su artículo 1º,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Prorrógase  el término de vigencia estable-
    cido para la  Ley nº 3.654 de fecha 12 de junio de 1970, que
    otorga beneficios para  los  empleadores  que ocupen mano de
    obra desocupada en  las  condiciones que se determinan en la
    misma, hasta el 30 de junio de 1971.
    
       Art.2º.- Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, dése cuenta  al Superior Gobierno de la Nación, pu-
    blíquese en el  Boletín  Oficial  y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos Reglamentarios.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    PRORROGA TÉRMINO DE VIGENCIA DEL BENEFICIO OTORGADO A
    EMPLEADORES POR LA LEY 3654.

  • Observaciones