• Detalle de Ley

    Ley N°: 3687
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TURISMO
    Sancionada: 16/04/1971
    Promulgada: 16/04/1971
    Publicada: 26/04/1971
    Boletin Of. N°: 17473

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       San Miguel de Tucumán, Abril 16 de 1971
    
       VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida me-
    diante Decreto Nº  432,  de fecha 9 de febrero de 1971, y en
    ejercicio de las  facultades legislativas que le confiere el
    art.9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Prorrógase  por  cinco años, a contar desde
    el 27 de Marzo de 1971, el plazo que establece el último pá-
    rrafo del artículo  17 de la Ley Nº 3.363, para promover los
    respectivos juicios de expropiación.
    
       Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en  el Boletín Oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 17 DE LA LEY
    3363 -TURISMO-, PARA PROMOVER LOS RESPECTIVOS JUICIOS
    EXPROPIATORIOS PARA PARQUES PROVINCIALES.

  • Observaciones