• Detalle de Ley

    Ley N°: 3698
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION - ECONOMICO
    Sancionada: 14/06/1971
    Promulgada: 14/06/1971
    Publicada: 16/06/1971
    Boletin Of. N°: 17512

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       San Miguel de Tucumán, Junio 14 de 1971
    
       VISTO la autorización  concedida por el Superior Gobierno
    de la Nación,  mediante Decreto Nº 1703, dictado con fecha 8
    de Junio del año en curso, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       La necesidad de conceder mejoras salariales acorde con la
    función rectora que  el  magisterio cumple en nuestra socie-
    dad;
       Que el Tesoro Público Provincial no puede afrontar la ma-
    yor erogación que  demandaría la equiparación de los regíme-
    nes de remuneraciones  provinciales  vigentes  al instituido
    para el personal docente nacional;
       Por ello, y  en  ejercicio de las facultades legislativas
    que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución
    Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Equipárase  el  régimen de renumeración vi-
    gente para el personal docente de la provincia, al institui-
    do para igual personal en el orden nacional.
    
       Art.2º.- La mayor  erogación que demande lo dispuesto por
    el artículo anterior  será atendida con el aporte del Tesoro
    Nacional, conforme lo  dispone el artículo 2º del Decreto Nº
    1703 del Superior Gobierno de la Nación.
    
       Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en  el Boletín Oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    EQUIPARA EL RÉGIMEN DE REMUNERACIÓN PARA EL PERSONAL DOCENTE
    PROVINCIAL AL INSTITUÍDO PARA IGUAL PERSONAL EN EL ORDEN
    NACIONAL.

  • Observaciones