* CADUCA *
VISTO la autorización concedida por el Superior Gobierno
de la Nación mediante decreto Nº 2.379, dictado con fecha 15
de julio de 1971, relacionado con la incrementación del pre-
supuesto de la Caja Popular de Ahorros de la Provincia para
el año 1970, en el rubro "Personal", y en uso de las facul-
tades legislativas que le confiere el Art. 9º del Estatuto
de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la suma de SETENTA Y DOS MIL
PESOS ($ 72.000), con fondos propios de la CAJA POPULAR DE
AHORROS DE LA PROVINCIA, la partida principal 1 - Personal,
parcial 3 - Salario Familiar, anexo V, ítem 4, finalidad 5,
función 70, sección 0, sector 1, del presupuesto general
vigente para 1970.
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-