* CADUCA *
VISTO la autorización conferida por el Superior Gobierno
de la Nación mediante decreto Nº 2382, de fecha 15 de julio
de 1971, y en uso de las facultades legislativas que le con-
fiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argen-
tina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la suma total de pesos QUINIEN-
TOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y
DOS CENTAVOS ($ 578.860,42), el presupuesto general de la
CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA vigente para 1.970,
conforme a detalle:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíase en la suma total de pesos QUINIEN-
TOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA CON CUARENTA Y
DOS CENTAVOS ($ 578.860,42), el presupuesto general de la
CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA vigente para 1.970,
conforme a detalle:
Partida Principal 5 "Amortización de la Deuda"
parcial 3 ............. $ 126.886,42
Partida Principal 1 Personal, parcial 1 Remuneración
Planta permanente,Sub-parcial 2
sueldos................. $ 133.450,00
Partida Principal 1 Parcial 2, Adicionales Planta
Permanente, Sub-parcial 9, Sueldo
Anual Complementario.... $ 18.000,00
Partida Principal 1 Sub-parcial 11, Horas extra-
ordinarias ............. $ 8.250,00
Partida Principal 1 Sub-parcial 16, Bonifica-
ciones ................. $ 185.795,00
Partida Principal 1 Sub-parcial 13, Escalafón por
antigüedad ............. $ 66.700,00
Partida Principal 1 Parcial 5, Aporte Jubila-
torio .................. $ 35.099,00
Partida Principal 1 Parcial 6, Aporte patronal
para obras sociales .... $ 4.680,00
Art.2º.- La ampliación que se dispone por el artículo
anterior, se atenderá con fondos propios de la CAJA POPULAR
DE AHORROS.
Art.3º.- Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-