* CADUCA *
VISTO la autorización conferida por el Superior Gobierno
de la Nación mediante decreto Nº 2381, de fecha 15/7/1971, y
en uso de las facultades legislativas que le confiere el
artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Amplíanse, con fondos propios del organismo
y en la proporción que en cada caso se indica, por un monto
total de CIENTO DOS MIL NOVECIENTOS SESENTA PESOS-----------
($ 102.960) las siguientes partidas del presupuesto de la
CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN para el
año 1970, correspondientes a la partida principal 1 - anexo
V, ítem 4:
Partida parcial Subparcial
1 1 Sueldos Básicos " 54.000
2 Suplementos Varios " 22.000
3 Sueldo Anual Complemt. " 6.800
4 - Servicios Extraordinar " 5.200
4 Aporte Patronal Jubilar" 13.200
5 Aporte Patronal para O-
bra Social " 1.760
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-