* CADUCA *
La Sala de R.R. de la Provincia sanciona con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Dótanse seis becas para la educación de
seis jóvenes de esta Provincia en el Seminario Conciliar de
San Buenaventura de Salta.
Art. 2º.- El P.E abonará el valor de las becas que estu-
vieren provistas en la misma forma establecida por los esta-
tutos del establecimiento para el abono de las pensiones
particulares, con más diez pesos mensuales por cada beca
para gastos personales, que serán entregados al Rector del
Seminario.
Art. 3º.- El P.E. imputará a la presente ley los gastos
que demande su ejecución.
Art. 4º.- Comuníquese al P.E.
Sala de Sesiones, Tucumán, Julio 17 de 1874.-