* CADUCA *
VISTO que la Dirección de Arquitectura y Urbanismo, de-
pendiente de la Secretaría de Obras Públicas ha preparado la
correspondiente documentación técnica para la realización de
la obra "Instituto de Neonatología" estimada en un costo
total de $ 1.302.703,13, y
CONSIDERANDO:
Que la Obra de referencia, no está prevista en el Plan de
Obras Públicas del Presupuesto 1972.
Que la repartición técnica mencionada, manifiesta que no
existe posibilidad alguna de extraer los fondos necesarios
de otras actividades o proyectos.
Que ante tal eventualidad debe buscarse la posibilidad de
realizarse la obra de que se trata, en razón de su impor-
tancia y necesidad, volcando hacia ella los recursos con el
objeto de que pueda, sin tropiezos financieros, ejecutarse
la misma durante el año en curso, debiéndose prever su
inclusión en el Presupuesto para 1973.
Que la Secretaría de Estado de Hacienda, ha recibido de
la Tesorería General de la Nación la suma de $ 828.819,94 en
concepto de reintegro a la Provincia de lo retenido por la
obra "Dique El Cadillal".
Que presupuestariamente, no existe inconveniente alguno
en disponer el aumento de los recursos previstos por Ley Nº
3.827, en la suma mencionada anteriormente, creando a su vez
la partida específica para la realización de la obra
proyectada.
Por tanto; atento al informe favorable producido por la
Dirección General de Presupuesto de la Provincia; en mérito
a lo dictaminado por el señor Fiscal de Estado, y encua-
drando el presente caso en las previsiones del decreto na-
cional Nº 717 (Art.1º - apartado 9 - Economía - supuesto
9.1), y en uso de la facultad que confiere al P.E. el Art.9º
del Estatuto de la Revolución Argentina
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Dispónese el aumento de los recursos pre-
vistos por Ley Nº 3.827 del 13 de junio de 1972, ingresos
corrientes, I - de Jurisdicción Provincial, 07 -otros
ingresos, devolución de impuestos y tasas abonadas por la
Provincia, por la suma de OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL
OCHOCIENTOS DIECINUEVE PESOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS
($ 828.819,94).
Art.2º.- Créase en el Presupuesto General para 1972 (Ley
Nº 3.827), la partida principal 09, sección 06, sector 07,
anexo 3, jurisdicción 2, unidad de organización 20, sector
económico social 12, finalidad 4, función 01, programa 296,
subprograma 0, con un importe de OCHOCIENTOS VEINTIOCHO MIL
OCHOCIENTOS DIECINUEVE PESOS CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS
($ 828.819,94), suma ésta que será destinada para la reali-
zación de los trabajos, durante el año en curso, de la obra
"Instituto de Neonatología".
Art.3º.- Por la SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA se im-
partirá la correspondiente instrucción para que la obra de
referencia sea incluida en el Presupuesto para 1973.
Art.4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése cuenta al
Superior Gobierno de la Nación, y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos.-