• Detalle de Ley

    Ley N°: 3857
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 17/10/1972
    Promulgada: 17/10/1972
    Publicada: 23/10/1972
    Boletin Of. N°: 17847

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO, la autorización concedida por el Superior Gobierno
    de la Nación, mediante Decreto nº 6.775, dictado con fecha 3
    de octubre del  corriente  año; teniendo en cuenta las Polí-
    ticas  Nacionales Nº  89; y en uso  de las facultades legis-
    lativas  que le  confiere el artículo 9º del Estatuto de  la
    Revolución Argentina,
    
            EL GOBERNADOR DE LA RPOVINCIA DE TUCUMÁN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.-Facúltase al  Intendente de la Municipalidad
    de la ciudad  de  San  Miguel  de  Tucumán, para sancionar y
    promulgar una Ordenanza, cuyo texto se agrega como fojas 2/3
    de estas actuaciones  por  la cual se autoriza el incremento
    del capital del  Banco  Municipal  de Tucumán, en la suma de
    Dos millones quinientos  mil  pesos($2.500.000,oo);a  la vez
    que se establece  que  dicho importe será integrado mediante
    los Certificados de  Cancelación  de  Deudas para el pago de
    impuestos provinciales emitidos  por  el Gobierno de la Pro-
    vincia a favor  de dicha Comuna, quien los cede a la mencio-
    nada institución Bancaria.
    
       Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en  el Boletín oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    AUTORIZA AL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL
    PARA DICTAR UNA ORDENANZA PARA INCREMENTAR EL PRESUPUESTO
    DEL BANCO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN.

  • Observaciones