* DEROGADA *
VISTO la sanción de la Ley Nacional Nº 19.288/71 por la
cual se excluye del régimen de la Ley Nº 18.875 al contrato
de Préstamo nº 302/SF-AR celebrado entre la Nación Argentina
y el Banco Interamericano de Desarrollo concerniente al Pro-
grama de Obras del Plan Nacional de Agua Potable Rural, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 2º de la mencionada Ley la Provincia
puede adherir a dicha exclusión;
Que conforme al convenio celebrado con la Nación a fin de
desarrollar intensivamente el Programa de Obras de abasteci-
miento de agua potable a comunidades rurales, la Provincia
debe encuadrar los procedimientos adecuados que posibiliten
el Programa de Obras conforme al contrato que ha celebrado
la Nación con el BID;
Que es necesario adecuar el régimen de adquisiciones y
contrataciones con el fin de disponer en breve plazo de los
fondos necesarios para asegurar la concreción de obras de
indudable trascendencia sanitaria y social y de imposterga-
ble ejecución;
Por ello; atento a la autorización del Gobierno Nacional
concedida por Decreto Nº 717 de fecha 28 de abril de 1971 y
la Política Nacional Nº 93 - Item e), y en ejercicio de las
facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del
Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase a la Provincia de Tucumán adheri-
da a la Ley Nacional Nº 19.288 que excluye del régimen de la
Ley Nº 18875 el Programa de Obras a llevarse a cabo a través
del Plan Nacional de Agua Potable Rural.
Art.2º.- Apruébase el procedimiento a seguir para licita-
ciones que permitan la construcción de obras, prestación de
servicios y adquisiciones de bienes, referente al convenio
suscripto entre la Nación y la Provincia para el desarrollo
del programa a ejecutarse conforme al Plan Nacional de Agua
Potable y que en anexo nº 1 forma parte de la presente Ley.
Art.3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése cuenta al
Superior Gobierno de la Nación y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos.-