* CADUCA *
VISTO, la comunicación cursada por la Secretaría de Tu-
rismo de la Nación con fecha 18 de Octubre de 1972, por la
que se hace saber que ha sido aprobado el reajuste de pre-
supuesto de la Dirección Nacional de Servicios Turísticos
dependiente de la mencionada Secretaría, en el cual se ha
previsto la suma de $ 280.000,00.- con destino a la crea-
ción de un Mercado Artesanal en Tucumán y un complejo tu-
rístico en La Banda - Tafí del Valle, y solicita la remi-
sión de la documentación técnica y legal correspondiente, a
fin de poder transferir dichos fondos a la Provincia, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 717 del 28 de Abril de 1971, en su Ar-
tículo 1º Apartado 9.9.1. autoriza al Gobierno Provincial a
modificar la Ley de Presupuesto, a fin de dar cabida a los
aportes que le efectúe la Nación a sus organismos;
Que en el presente caso la suma a incorporar por aporte
de la Secretaría de Turismo de la Nación tiene su origen en
una solicitud del Poder Ejecutivo de la Provincia con el ob-
jeto de realizar las obras antes mencionadas, cuya base es
la adquisición de una típica mansión colonial de mediados
del siglo XIX, exponente de la tradición cultural tucumana,
como así también de fracciones de terreno ubicadas en La
Banda - Tafí del Valle donde se encuentra emplazado el Con-
vento Jesuítico;
Que por Resolución Nº 924/72 expedida con fecha 28 de No-
viembre de 1972 por la Dirección Nacional de Servicios Tu-
rísticos, se acordó a la Secretaría de Estado de Difusión y
Turismo de Tucumán una contribución de $ 280.000.- para la
expropiación de la Casa de Padilla y del Convento Jesuítico
antes citado, para ser destinados a la creación de las refe-
ridas obras.
Por ello, oído el señor Fiscal de Estado y en uso de las
facultades legislativas conferidas al Poder Ejecutivo por el
Artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Increméntanse los recursos del Presupuesto
General de la Provincia para el año 1972 en la suma de DOS-
CIENTOS OCHENTA MIL PESOS ($ 280.000.-) en el Rubro 10 Apor-
tes de la Dirección Nacional de Turismo, 03 Aportes no Rea-
justables, 2 de Jurisdicción Nacional, 1 Ingresos Corrientes
correspondientes al aporte que por el monto indicado efectuó
la Dirección Nacional de Turismo.
Art.2º.- Increméntase el presupuesto de gastos corres-
pondiente al Ejercicio 1972 de la Unidad de Organización 36
Dirección Provincial de Turismo, Anexo 3- Jurisdicción 5-
Sector Económico Social 4- Finalidad 6- Función 35- Programa
412- Subprograma 0- Actividad 01- Sección 06- Sector 07-
Partida Principal 03.
Art.3º.- El monto por el que se incremente la partida
especificada en el Artículo 2º, será destinada a la adqui-
sición de un solar para la creación del Mercado Artesanal y
del Convento Jesuítico de La Banda conforme a la finalidad
fijada por la Secretaría de Turismo de la Nación a la con-
tribución otorgada.
Art. 4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése cuenta al
Superior Gobierno de la Nación y archívese en el Registro O-
ficial de Leyes y Decretos.-