• Detalle de Ley

    Ley N°: 3967
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: LEGISLACION GENERAL
    Sancionada: 24/05/1973
    Promulgada: 24/05/1973
    Publicada: 23/07/1973
    Boletin Of. N°: 18029

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTA la  necesidad de fijar el Escalafón del Personal de
    la H. Legislatura, y en ejercicio de las facultades legisla-
    tivas que  le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Re-
    volución Argentina:
    
           EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
               SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Fíjase  el siguiente Escalafón General para
    el Personal  de  la  Legislatura  a partir del 1º de Mayo de
    1973:
       Clase   Nomenclatura                        Sueldo Básico
         1     Secretario de Cámara                    5.000
         2     Prosecretario de Cámara                 4.000
         3     Comisario                               3.200
         4     Director de Comisiones, de Administra-
               ción de Prensa, de Taquígrafos y de Bi-
               blioteca                                3.000
         5     Subdirector de Comisiones, de Adminis-
               tración, de Taquígrafos y de Bibliote-
               ca                                      2.850
         6     Subcomisario                            2.800
         7     Taquígrafo Principal                    2.650
         8     Oficial Superior de Comisiones, de Admi-
               nistración y de Biblioteca              2.250
         9     Taquígrafo de 1ra.                      2.100
        10     Oficial Principal de Administración y
               Taquígrafo de 2da.                      1.700
        11     Oficial de Administración y Secretario
               Privado del Presidente                  1.600
        12     Auxiliar de Administración, de Comisio-
               nes y de Biblioteca y Taquígrafo de
               3ra.                                    1.500
         13    Mayordomo                               1.300
         14    Ayudante de Administración, Citador, Ta-
               quígrafo Auxiliar, Dactilógrafo Aspirante
               Taquígrafo, Chofer, Jardinero, Electricis-
               ta y Operador de Máquinas               1.200
         15    Ordenanza                               1.100
         16    Mensajero                                 850
    
       Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese  en el Boletín Oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 3974

  • Resumen

    FIJA EL ESCALAFÓN DEL PERSONAL DE LA H. LEGISLATURA.

  • Observaciones