• Detalle de Ley

    Ley N°: 3970
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 29/06/1973
    Promulgada: 05/07/1973
    Publicada: 12/07/1973
    Boletin Of. N°: 18022

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- La Cámara de Diputados convendrá con la Se-
    cretaría de  Estado  de Obras y Servicios Públicos la ejecu-
    ción de  los trabajos de reparación integral del edificio de
    avenida Sarmiento  655, debiendo imprimirse al trámite lici-
    tatorio carácter  de  excepción,  a  efectos de abreviar los
    plazos en la mayor brevedad posible.
    
       Art.2º.- Amplíase de  $ 300.000 a $ 1.000.000, la partida
    Nº 60  - Dirección de Arquitectura - Plan de Trabajos Públi-
    cos - Obra Cámara de Diputados.
    
       Art.3º.- Autorízase a  la Secretaría de Estado de Obras y
    Servicios Públicos a efectuar las compensaciones de partidas
    que fuesen  menester a los fines del cumplimiento de la pre-
    sente ley.
    
       Art.4º.- La ejecución de los trabajos dará comienzo en un
    plazo de  hasta 45 días a contar de la fecha de promulgación
    de la presente ley.
    
       Art.5º.- Comuníquese.
    
       Dada en  la  Sala  de Sesiones de la H. Legislatura de la
    Provincia de  Tucumán,  a  los  veintinueve  días del mes de
    junio de mil novecientos setenta y tres.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CONVENDRÁ CON LA
    SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS LA REPARACIÓN INTEGRAL DEL
    EDIFICIO DE AVENIDA SARMIENTO 655.

  • Observaciones