* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- La Cámara de Diputados convendrá con la Se-
cretaría de Estado de Obras y Servicios Públicos la ejecu-
ción de los trabajos de reparación integral del edificio de
avenida Sarmiento 655, debiendo imprimirse al trámite lici-
tatorio carácter de excepción, a efectos de abreviar los
plazos en la mayor brevedad posible.
Art.2º.- Amplíase de $ 300.000 a $ 1.000.000, la partida
Nº 60 - Dirección de Arquitectura - Plan de Trabajos Públi-
cos - Obra Cámara de Diputados.
Art.3º.- Autorízase a la Secretaría de Estado de Obras y
Servicios Públicos a efectuar las compensaciones de partidas
que fuesen menester a los fines del cumplimiento de la pre-
sente ley.
Art.4º.- La ejecución de los trabajos dará comienzo en un
plazo de hasta 45 días a contar de la fecha de promulgación
de la presente ley.
Art.5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura de la
Provincia de Tucumán, a los veintinueve días del mes de
junio de mil novecientos setenta y tres.-