* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Increméntase la ley Nº 3.919 de Presupuesto
General de la Administración Provincial y su modificatoria
ley nº 3.966, en la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
TRESCIENTOS NOVENTA PESOS ($ 348.390.-), para los gastos del
ejercicio 1973, con destino al cumplimiento de la Finalidad
6 - Desarrollo de la Economía, Función 70 - Seguros y Fi-
nanzas, conforme al detalle de partidas adjunto.
Art.2º.- Amplíase en la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y
OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS ($ 348.390.-) la Partida
Principal 01, Parcial 02, - Personal Temporario, Sección 01-
- Erogaciones Corrientes, Sector 02 - Funcionamiento, Fina-
lidad 6, Función 70, Unidad de Organización - Banco de la
Provincia de Tucumán, Jurisdicción 22 - Banco de la Provin-
cia de Tucumán, Anexo 3 - Gobernación (Secretaría de Estado
de Hacienda), con fondos propios del mencionado Organismo.
Art.3º.- Amplíase asimismo en la suma de TRESCIENTOS CUA-
RENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS ($ 348.390.-) el
cálculo de recursos de la ley nº 3.919 de Presupuesto Gene-
ral de la Administración Provincial y su modificatoria ley
nº 3.966, en la parte de recursos específicos de Organismos
Descentralizados, Corrientes; y correspondientes al Banco de
la Provincia de Tucumán, 06 Aporte - del Presupuesto de Ope-
ración de los Organismos al Presupuesto Financiero, 1 de Ju-
risdicción Provincial, 1 Ingresos Corrientes.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura de la
Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes de ju-
lio del año mil novecientos setenta y tres.