* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo procederá a la inmediata
habilitación en el hospital de Los Ralos, de los servicios
de Odontología y de Hemoterapias. Asimismo, proveerá lo ne-
cesario para la instalación y funcionamiento de un laborato-
rio de análisis clínicos, un quirófano y un aparato de rayos
X.
Art. 2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a crear los si-
guientes cargos: un (1) Odontólogo, un (1) Bioquímico, dos
(2) técnicos en Hemoterapias, un (1) Anestesista, un (1) Au-
xiliar de Laboratorio y una (1) enfermera para quirófano.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley y el de la ampliación de las partidas presupuesta-
rias correspondientes se hará de rentas generales con impu-
tación a la misma.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en al Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los cinco días, del mes de oc-
tubre, del año mil novecientos setenta y tres.