• Detalle de Ley

    Ley N°: 401
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 06/10/1875
    Promulgada: 06/10/1875
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       La Asamblea  Electoral  de  la  Provincia,  en uso de las
    facultades que  la  Constitución  le  acuerda,  sanciona con
    fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Nómbrase  Gobernador propietario de la Pro-
    vincia,  por  el término constitucional, al  Dr. D. Tiburcio
    Padilla.
    
       Art. 2º.- El día 6 de Diciembre próximo, se presentará el
    Gobernador electo a prestar el juramento de ley y a recibir-
    se del cargo.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al P.E. y al Gobernador electo.
    
       Sala de Sesiones, Tucumán, Octubre 6 de 1875.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    DESIGNA GOBERNADOR PROPIETARIO AL DR. TIBURCIO PADILLA.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 6- PAGINA 142.-