* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- Amplíase en la suma de cuatrocientos cin-
cuenta mil pesos ($ 450.000), el presupuesto vigente 1973 de
la Dirección General de Comunas Rurales, cuyo destino y mon-
to por partidas es el siguiente:
Anexo 4 - Jurisdicción 11 Unidad de Organización Direc-
ción General de Comunas Rurales, Sector Económico Social 16,
Finalidad 1, Función 70, Programa 520.
Control Asesoramiento, Asistencia Técnica y Material a
las Comunas Rurales, Sección 01, Gastos Corrientes, Sector
02, Funcionamiento:
Partida Principal 02 -
Bienes de Consumo...............................$ 400.000
Partida Principal 04 -
Servicios.......................................$ 40.000
Sección 06 - Gastos de Capital,
Sector 7, Inversión Física -
Partida Principal 03 – Bienes
de Capital.........................................$ 10.000
Art. 2º.- La mayor erogación que demande el cumplimiento
de la presente ley, será atendida con recursos de rentas
generales.
Art. 3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a nueve días del mes de noviem-
bre de mil novecientos setenta y tres.