* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir la
suma necesaria en la construcción de un badén en el cruce
del río Marapa en el camino que une la ciudad Alberdi con la
población Yánima, departamento de Graneros.
Art. 2º.- La Dirección Provincial de Vialidad deberá dar
término a los estudios, proyectos y presupuestos corres-
pondientes, en un término máximo de noventa días e incluirá
la realización de los trabajos en el plan de obras a reali-
zarse en el año 1974.
Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de rentas generales con imputación a la
misma.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos
setenta y tres.-