* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de San Miguel
de Tucumán, a contratar el préstamo de ONCE MILLONES TRES-
CIENTOS CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS PESOS ( $ 11.342.200)
acordado por el Consejo de Administración de la Caja Na-
cional de Ahorro y Seguro, en su sesión del día 25 de oc-
tubre de 1973 con destino a la financiación de las obras de
pavimentación del Barrio Ciudadela (2da. etapa).
Art. 2º.- Otórgase a favor de la Municipalidad de San
Miguel de Tucumán el aval correspondiente para garantizar el
cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se forma-
lizará la operación, por el crédito a que se refiere el ar-
tículo 1º.
Art. 3º.- A todos los efectos emergentes del aval que se
otorga por el artículo anterior, aféctase la coparticipación
de impuestos nacionales y provinciales que corresponde a la
expresada Municipalidad.
Art. 4º.- La Municipalidad de San Miguel de Tucumán de-
berá prever en los futuros presupuestos, los créditos ne-
cesarios para atender los servicios de amortización y/o in-
tereses del préstamo, hasta su total cancelación.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los diez y ocho días del mes
de Enero del año mil novecientos setenta y cuatro.-