• Detalle de Ley

    Ley N°: 4099
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: TURISMO
    Sancionada: 08/03/1974
    Promulgada: 02/04/1974
    Publicada: 10/04/1974
    Boletin Of. N°: 18206

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado  y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase  al  Poder  Ejecutivo  de la Pro-
    vincia para que  por  intermedio  de  la Secretaría de Obras
    Públicas, Secretaría de  Difusión  y Turismo y Secretaría de
    Agricultura y Ganadería  de la Provincia, realice el estudio
    y construcción de  obras,  para  desarrollo  turístico de la
    zona del Lago Escaba.
    
       Art.2º.- Facúltase igualmente  al  Poder  Ejecutivo de la
    Provincia a realizar los convenios necesarios para la trans-
    ferencia a la  Provincia de Tucumán de las tierras expropia-
    das por la Nación.
    
       Art.3º.- Declarar  zona  sujeta a  expropiación y reserva
    forestal a aquellas tierras que determinen los tres Organis-
    mos designados en el artículo 1º de la presente ley.
    
       Art.4º.- Fíjase el plazo máximo de 180 días desde la pro-
    mulgación de la presente ley para que estas Secretarías men-
    cionadas se expidan acerca de  los estudios de obras para el
    desarrollo turístico o sea el estudio de zonificación.
    
       Art.5º.- Una vez efectuado este estudio en el plazo indi-
    cado, el Poder Ejecutivo deberá  incluirlo con carácter pre-
    ferencial en el Plan de Obras para 1974.
    
       Art.6º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los ocho días del mes de marzo
    del año mil novecientos setenta y cuatro.-
    

  • Relaciones

    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    FACULTA A REALIZAR EL ESTUDIO Y CONSTRUCCION DE OBRAS PARA
    EL DESARROLLO TURISTICO EN LA ZONA DEL LAGO ESCABA.

  • Observaciones