* CADUCA *
La Sala de R.R. de la Provincia, en uso de sus atribu-
ciones,
Decreta:
Artículo 1º.- Concédese al Gobernador de la Provincia,
Dr. D. Tiburcio Padilla, la licencia que solicita, por el
término de 20 días, quedando autorizado para hacer los
gastos en el cumplimiento de su misión.
Art. 2º.- Comuníquese.
Tucumán, Octubre 3 de 1876.-