* CADUCA *
La Sala de Representantes, en uso de la atribución que le
acuerda el artículo 42 de la Constitución Provincial
Decreta:
Artículo 1º.- Nómbrase Gobernador Interino de la Provin-
cia, al ciudadano D. Pedro Alurralde (hijo), mientras dure
la ausencia del Gobernador propietario.
Art. 2º.- El nombrado se presentará a las cuatro y media
del día de hoy a prestar el juramento de ley y recibirse del
cargo.
Art. 3º.- Comuníquese.
Tucumán, Octubre 3 de 1876.-